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Reclamacion de afectados por el cartel de marcas de coches ¿Cómo, dónde y cuándo realizarla?

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¿Compraste un coche entre 2006 y 2013? Entonces es muy posible que hayas pagado de más por él. Más de 10 millones de consumidores han visto vulnerados sus derechos y ahora tienen la oportunidad de realizar una reclamacion como afectados por el cartel de las marcas de coches.

Pero… ¿Qué es esto? ¿Cómo saber estoy afectado? ¿Qué debo hacer? ¿Cómo y dónde puedo reclamar? ¿Cuánto recibiría de indemnización? Nuestros abogados resuelven tus dudas y preguntas.

¿Qué es el cartel de las marcas de coches?

El cártel de los fabricantes de coches fue un grupo empresarial que se formó a partir de un convenio entre las marcas automovilísticas implicadas y de un mismo sector para evitar con ello hacerse competencia entre sí, e imposibilitar que otras marcas nuevas pudieran incorporarse al mercado del automóvil.

Este denominado «club de las marcas» hacía prácticas abusivas y monopolísticas fijando y controlando los precios del mercado, de tal modo que el consumidor se veía sometido a una subida de precios sin alternativa al no poder acceder al libre mercado competitivo. El intercambio de información estratégica comercial y sensible en su beneficio propio y en detrimento del consumidor ha ocasionado que más de 10 millones de vehículos se hayan visto afectados por una inflación en el precio de su compra.

Sin embargo, tras una investigación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que dio lugar a una dura sanción de 170 millones el 23 de Julio de 2015, y habiendo agotado las marcas automovilísticas todos sus recursos en la Audiencia Nacional, finalmente, el Tribunal Supremo ha dictado resolución firme en 2021 dejando abierta la vía jurisdiccional a todos aquellos consumidores afectados que deseen reclamar una indemnización compensatoria.

¿Cómo saber si soy afectado por el cartel de coches?

Si perteneces a ese grupo de millones de consumidores que compraron un vehículo turismo entre 2006 y 2013, es muy probable que te hubieras visto perjudicado por las prácticas negativas de estos fabricantes y concesionarios, y siendo uno de los afectados por el cartel de coches. 

Con motivo de lo anterior, y partiendo de que tanto puedes reclamar a la marca de tu vehículo como al concesionario donde lo adquiriste, lo primero que debes verificar es si alguno, o ambos, fueron sancionados.

Puedes comenzar por orientarte en este listado de marcas susceptibles de reclamación: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

Sin embargo, dada las singularidades surgidas para cada caso y marca, lo recomendable es que pidas ayuda a un profesional cualificado. Analizar cada caso concreto es lo más recomendable al hilo de la actual coyuntura donde podemos encontrar multitud de particularidades. Tales como sentencias precedentes ya judicializadas donde se prevé inviable una reclamación por participar la marca pero no haber tomado parte en la subida de precios, o a efectos inversos, una situación como que la marca en sí no aparezca en la lista de sancionados, y sin embargo englobe otras susceptibles de reclamar.

Si tienes dudas, o simplemente deseas asegurarte, la forma más fácil es que nos facilites tu documentación y nosotros realizaremos las comprobaciones pertinentes para informarte si efectivamente te encuentras entre los afectados por el cartel coches y es procedente reclamar.

«Es aconsejable acudir a despachos profesionales que te puedan asesorar y examinar tu caso de forma individualiza para conocer si honestamente se puede o no reclamar»

¿Cómo pueden iniciar la reclamacion los afectados por el cartel de coches?

Toda persona física (consumidor), o jurídica (empresas de renting, leasing, taxis, etc.) que se haya visto afectada por adquirir un vehículo con sobrecoste podrá iniciar su reclamación.

Se aconseja especial precaución en el momento de sopesar inscribirse a asociaciones o plataformas que interpongan demandas colectivas. Pues, aunque el fin es el mismo, cada persona y empresa posee unas circunstancias concretas que han de estudiarse de forma individualizada. Asimismo, son pleitos, que acaban eternizándose en el tiempo, además de por la sobresaturación que causan en el juzgado, por los inevitables recursos que las marcas automovilísticas interpondrían para eludir las grandes sumas de dichas sanciones.

«Se necesitan profesionales muy especializados. Así conseguirás la indemnización y recuperarás las costas judiciales»

En ⚖️ Barquero Abogados estudiaremos tu caso de forma individualizada a través de un equipo especializado de abogados y peritos que analizarán y actuarán conforme a consecución del resultado más beneficioso para ti:

  1. Te asesoramos en todo momento y resolvemos tus dudas.
  2. Comprobamos si tu vehículo se encuentra afectado por el cártel de fabricantes de automóviles.
  3. Estudiamos tu caso y tu documentación de forma individualizada.
  4. Calculamos la cantidad exacta que será reclamada.
  5. Realizamos el peritaje perfectamente delimitado al motivo y a la causa para el informe pericial necesario en la reclamación.
  6. Efectuamos la previa negociación y reclamación extrajudicial.
  7. Realizamos la reclamación judicial.

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¿Qué documentación necesito para reclamar al cartel de coches?

Transcurridos algunos años son muchos los compradores que ya no conservan la factura. Sin embargo, existen otros justificantes igualmente válidos que podrán presentar durante la reclamación los afectados por el cartel de coches. Tales como contratos de financiación, justificantes bancarios y similares. Principalmente, debes reunir los siguientes documentos:

  1. Factura de compra del vehículo (sólo en caso de compra).
  2. Contrato o póliza de la entidad financiera correspondiente (sólo en caso de renting o leasing).
  3. Ficha técnica del vehículo.
  4. Permiso de circulación.
  5. DNI del comprador afectado.
  6. Informe pericial que señale cuál fue el sobrecosto.

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¿En qué plazos pueden iniciar la reclamación los afectados por el cartel de coches?

Teniendo presente que el plazo comienza con la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo para cada marca, la fecha variará dependiendo de a cuál pertenezca tu vehículo. Desde el inicio, se cuenta con un año para poder reclamar. Sin embargo, dado que en abril de 2021 ya se ratificaron las primeras multas a marcas como Peugeot o Citroën, y dada la cercanía para la prescripción de la misma, en el mismo mes de este año 2022, se recomienda al menos, aún no estando seguro de querer reclamar, que mientras se sopesa, se realice una reclamación extrajudicial para paralizar el plazo y obtener un margen de tiempo mayor para trabajar y profundizar en el caso en cuestión.

«El plazo prescribe y hay que darse prisa en buscar un despacho de abogados especializados para realizar la reclamación extrajudicial que lo reiniciará y aportará tiempo para ejercitar las acciones legales».

¿Cuánto dinero se recibe por una indemnización de cartel de coches?

La cuantía de indemnización que recibirá el afectado se estima entre un 10% y un 15% del valor de compra del vehículo. Por ese motivo, no existe una cantidad fija, pudiendo oscilar entre 2.000 y 8.000 € aproximadamente. A lo anterior, hay que sumar los intereses legales generados por transcurso del tiempo desde la fecha de compra hasta cobrar la indemnización.

«Puedes recibir una indemnización de 10-15% del precio de compra más intereses legales»

 

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¿Pueden iniciar una reclamacion los afectados por el cartel de coches si ya no tienen el vehículo?

Son muchos los desenlaces que puede tener un coche y por los cuáles actualmente puedes no tenerlo en posesión. Sin embargo, dicha circunstancia no te exime de haberte visto afectado por una subida del precio en su día. No importa si lo vendiste a un segundo comprador, si tuviste un siniestro o si está en el desguace, sigues conservando tu derecho a reclamar aunque no conserves la titularidad.

¿Pueden iniciar una reclamacion los afectados por el cartel de coches con un vehículo de km 0 o de segunda mano?

En principio puedes reclamar, aunque no es aún un caso claro y el abogado precisa analizar cada uno de forma individualizada. Para la cuestión del vehículo de km 0, tiene mayores posibilidades en el sentido de que fue matriculado en el concesionario y ha salido directamente del mismo, con el añadido del sobreprecio. Por lo que es más fácil demostrar que se vio perjudicado. Diferente es la circunstancia para coches de segunda mano.

 ¿Se puede reclamar al cartel de coches por sobreprecio en mantenimiento?

La respuesta es sí. En este particular, el consumidor tampoco pudo optar a un mercado competitivo, y tanto el mantenimiento, las reparaciones, como la adquisición de repuestos originales se vieron sometidos a precios controlados. Motivo por el que los costes de mantenimiento también son reclamables.

Un comentario

  1. ¿Se puede reclamar si solo tengo como justificante el modelo 576 (impuesto de matriculación)de la AEAT, donde figuran todos los datos del coche, precio y comprador?

Barquero Abogados

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